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CALENDARIO LABORAL 2016

30 oct 2015

La legislación laboral establece como una obligación que todas las empresas han de cumplir en sus centros de trabajo la de tener expuesto su calendario laboral. Debe estar en un lugar visible y accesible para los empleados, ha de contener los horarios del centro de trabajo así como los días inhábiles, tanto a nivel nacional como a nivel autónomico y local. El hecho de no tener calendario a la vista o tenerlo pero que no esté debidamente actualizado puede ser sancionable por parte de la inspección de trabajo. Para facilitaros la labor, pinchando en el enlace adjunto tenéis el Calendario Laboral del año 2016.