La legislación laboral
establece como una obligación que todas las
empresas han de cumplir en sus centros de trabajo la de tener expuesto su
calendario laboral. Debe estar en un lugar visible y accesible
para los empleados, ha de contener los horarios del centro de trabajo así como
los días inhábiles,
tanto a nivel nacional como a nivel autónomico y local. El hecho de no tener
calendario a la vista o tenerlo pero que no esté debidamente actualizado puede
ser sancionable por parte de la inspección de
trabajo. Para facilitaros la labor, pinchando en el enlace adjunto tenéis el
Calendario Laboral del año 2016.